El manual de helipuertos de la OACI, diferencia Helipuertos de Superficie y Helipuertos Elevados respecto de las ayudas visuales, y específicamente en Conos de Viento refiere:

5.2 - HELIPUERTOS DE SUPERFICIE 
5.2.1 Indicadores 

5.2.1. I Indicador de la dirección del viento. 
El indicador de la dirección del viento tiene por objeto señalar la dirección del viento y dar una idea de su velocidad. Todos los helipuertos 
deberían estar dotados, por lo menos, de un indicador de la dirección del viento. 

5.2.1.2 El indicador debería tener la forma de cono truncado,  según se observa en la Figura 5-1. 
image
El cono debería ser o bien de un solo color (blanco o anaranjado) o bien estar constituido por una combinación de dos colores (anaranjado y blanco, rojo y blanco, o negro y blanco). El indicador debería estar emplazado de manera que no le afecte la turbulencia y debería 
ser de tamaño suficiente para que sea visible desde los helicópteros que vuelen a una altura de 200 m. Cuando en el área de toma de contacto y de elevación inicial puedan registrarse perturbaciones de la corriente de aire, tal vez sea útil instalar cerca de dicha área veletas adicionales, pequeñas y de poco peso. 


5.3 - HELIPUERTOS ELEVADOS Y HELIPLATAFORMAS
 

Nota.— orientación presentada en esta sección está destinada a los helipuertos elevados. En el caso de las heliplataformas sólo se han examinado aquellos helipuertos donde se efectúan frecuentemente operaciones, tales como los situados en las plataformas de perforación petrolera, en  buques-factoría y en buques de investigación, que disponen de  heliplataformas especialmente diseñadas y construidas.

5.3.1 Indicadores
Indicador de la dirección del viento. Los helipuertos elevados deberían contar por lo menos con un indicador de la dirección del viento. Los requisitos indicados en 5.2.1.1 y 5.2.1.2 relativos al color y emplazamiento de los indicadores de la dirección del viento se aplican también a los indicadores de la dirección del viento destinados a ser utilizados en los helipuertos elevados y en las heliplataformas. No obstante, el tamaño de los indicadores puede ser la mitad del tamaño indicado en la Figura 5-1, con el fin de ajustarse a las limitaciones de espacio de los helipuertos elevados y de las heliplataformas.
En las heliplataformas puede ser necesario dos(2) indicadores de la dirección del viento, puesto que la zona situada sobre el área de toma de contacto y de elevación inicial puede estar sujeta a corrientes de aire perturbadoras.
Las condiciones de turbulencia no detectada sobre las heliplataformas constituyen un gran peligro para los helicópteros.
Dicha turbulencia puede deberse a las estructuras situadas en los alrededores de la heliplataforma (grúas, superestructuras, gases de escape de la turbina generadora de energía, etc.), las cuales pueden cambiar la dirección vertical y horizontal del flujo normal de la corriente de aire sobre la heliplataforma, afectando a la cubierta y hasta. como mínimo. 15 m por encima de la cubierta.
En tales circunstancias, los indicadores de la dirección del viento tendrán las dimensiones correspondientes al tamaño máximo indicado (es decir, 2,40 m de longitud, según se indica en ia Figura 5-1).

Nota.— La cifra de 15 m mencionada anteriormente corresponde a la técnica de aterrizaje en la que se tiene en cuenta la pérdida de un motor durante la fase de aterrizaje, momento en el que la demanda de potencia es habitualmente elevada. La presencia desconocida de gases calientes, o todo cambio registrado en la dirección horizontal o vertical del viento, pueden reducir el margen de potencia disponible hasta un valor inaceptable.